ARTÍCULO 1°.- Declárase el Año 2020 como el ¨AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO¨.

 

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el Año 2020, toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda: ¨2020 - AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO¨.

 

ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará acciones tendientes a destacar, rememorar y reflexionar sobre la figura de D. Manuel BELGRANO y su legado, con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO.

 

ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.


DECRETO Nº 2-2020 PRESIDENCIA DE LA NACIÓN