Cuando el usuario se presente en el registro seccional, y resulte necesario acreditar su domicilio, el registro deberá realizar la consulta web en el Registro Nacional de las Personas, para constatar que los datos del domicilio de la Solicitud Tipo coinciden con los que arroja la consulta.

Si existiesen diferencias o faltantes, el empleado le dará la opción al usuario de corregir la Solicitud Tipo o presentar copia certificada de su DNI, a fin de tomar el domicilio que figura en èl.